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Lic. José Vargas, el actor |
Por: Lic. José Vargas
La constitución de la Republica Dominicana, en su
articulo 63, establece que toda persona tiene derecho a una educación integra,
a lo largo de toda su vida; de calidad, permanente, en igualdad de condiciones
y oportunidades, sin mas limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación
y aspiraciones.
El acápite 6 del mismo artículo, señala que son
obligaciones del estado dominicano la erradicación del analfabetismo y promover
educación a personas con necesidades especiales y con capacidades excepcionales.